Determinación de cuota mínima que obliga a informar enajenaciones de entidades extranjeras con activos subyacentes en Chile

La Resolución N°119 de fecha 28 de septiembre de 2020, establece la obligación de informar mediante declaración jurada, formulario 1921 de las enajenaciones realizadas por entidades extranjeras con activos subyacentes en Chile, además de reglas para correlacionar inversiones y pasivos según lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de Impuesto a la Renta.

Luego, con fecha 4 de febrero del presente año, el Servicio de Impuestos Internos dictó Resolución N°11, con la cual complementó la resolución N°119, fijando un porcentaje mínimo para que exista la obligación de realizar esta declaración jurada.

 

 


Castigo de Créditos Incobrables

Previo a la entrada en vigencia de la Ley N°21.210 de Modernización Tributaria, el único mecanismo para castigar tributariamente las cuentas incobrables era aquel establecido en las Circulares N° 24 y N° 34, ambas de 2008, (las cuales se mantienen vigentes hasta la fecha), siendo uno de los requisitos que se hubiesen agotado prudencialmente los medios de cobro.

Sin embargo, la Ley 21.210 introdujo una serie de modificaciones a la Ley de la Renta (LIR), entre ellas al artículo 31 inciso cuarto, N°4, agregando un nuevo párrafo con vigencia a partir del 1° de enero de 2020, estableciendo dos nuevas alternativas objetivas para el castigo de los créditos vencidos e impagos, siempre que se no se trate de operaciones con relacionados de acuerdo con el artículo 17 N°8 del Código Tributario.

 

 


Alerta sobre mail falso del SII

Les informamos que hemos sido alertados de la circulación de un mail del SII que menciona diferencias en renta y pide abrir para conocer las observaciones registrando el RUT. 

ESTE MAIL ES FALSO, ya que el SII NUNCA envía mails en los que deban registrar RUT o claves.

Les pedimos eliminar este mail y no abrir el adjunto, además de tomar las medidas para comunicar esto dentro de sus respectivas empresas.