La Resolución N°119 de fecha 28 de septiembre de 2020, establece la obligación de informar mediante declaración jurada, formulario 1921 de las enajenaciones realizadas por entidades extranjeras con activos subyacentes en Chile, además de reglas para correlacionar inversiones y pasivos según lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de Impuesto a la Renta.
Luego, con fecha 4 de febrero del presente año, el Servicio de Impuestos Internos dictó Resolución N°11, con la cual complementó la resolución N°119, fijando un porcentaje mínimo para que exista la obligación de realizar esta declaración jurada.